Preguntas Frecuentes |
Preguntas Frecuentes
¿Por qué se escapa el dinero de las empresas?
Por la complejidad del sistema.
Las empresas deben realizar múltiples gestiones ante las distintas situaciones que se presentan al dar de alta a un empleado y su grupo familiar. Los empleados se casan, tienen hijos, quieren cambiar de cobertura médica, sus cónyuges comienzan o dejan de trabajar, se toman licencias, etc. Cada una de estas novedades requieren acciones desde la compañía.
A continuación mostramos cuatro circuitos básicos con las gestiones que se deben llevar a cabo para cubrir las necesidades de un empleado y su grupo familiar en relación con el Beneficio Médico Corporativo.
¿Qué otros beneficios tengo por ser cliente de Hygea?
A continuación detallamos algunos de los servicios sin cargo adicional para nuestros clientes durante la contratación del servicio de ahorros:
- Asesoramiento y recomendaciones
- Detección de casos de ordenamiento (sin ahorro) e información a RRHH
- Control mensual de aportes de cónyuges unificantes
- Análisis de reclamos de diferencias por parte de los prestadores
- Reuniones con los prestadores para reclamar o negociar NC
- Consultoría de casos especiales
- Familiares a cargo
- Cónyuges en PAMI
- Reserva de puesto
- Licencias
- Pluriempleo
Cálculo de Aportes y Contribuciones
El cálculo de los aportes y contribuciones que recauda el régimen de obras sociales, siempre se hace a partir del sueldo bruto remunerativo.
El Sistema de Seguridad Social establece importes mínimo y máximo a considerar para descontar al trabajador los aportes a la obra social: 3% del salario bruto.
Sin embargo, a contrario del aporte del empleado, la base imponible sobre la cual se calcula la contribución que debe abonar el empleador, no tiene un tope máximo, siempre será un porcentaje del sueldo sin importar el monto,y representa 6% del sueldo del empleado.
Los empleados en relación de dependencia aportan un 3% de su sueldo bruto, y los empleadores suman un 6%. De este total de contribuciones de 9% destinado al Régimen de Obra Social, un 7,65% o un 7,2% va para la obra social (según si es una obra social con convenio colectivo de trabajo o de dirección, fuera de convenio). El resto va al Fondo Solidario de redistribución y al Sistema Único de Reintegros (SUR) y los sindicatos.
Fuente: Elegimejor.net