Art 1: Autorízace a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.) a incrementar el valor autorizado por la Resolución 1050 E/2017 MS en hasta un SEIS POR CIENTO (6%) a partir del 1 de diciembre de 2017.
Fuente: Boletín Oficial 31/10/2017